A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Mosquera Malagon Delio·Demandado Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 11 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga y el Juzgado 11 Civil del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso un ciudadano en contra de Colpensiones y otras entidades pretendiendo, entre otras cosas, la nulidad de los actos expedidos por la Administradora de Pensiones para solicitar el reintegro de las mesadas de pensiones de invalidez que recibió por varios años, al igual que la resolución que convirtió su pensión de invalidez en una pensión de vejez.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones la Corte determinó que corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de las controversias relacionadas con la seguridad social de quienes tuvieron la calidad de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado, sin perjuicio de que la entidad administradora sea de derecho público o privado.
Lo anterior, en razón a que la competencia sobre los procesos relacionados con la seguridad social no se define únicamente por la naturaleza del acto que se demanda, sino por la calidad que tenía el causante (trabajador oficial, independiente o del sector privado) al momento del reconocimiento de la prestación económica.
Con base en lo anterior se remite el expediente a la Oficina de Reparto de Bucaramanga, para que, de manera inmediata, realice el reparto del expediente de la referencia a los Juzgados Laborales de esa ciudad y para que, una vez se radique este proceso ante el juez laboral, se le informe que debe comunicar la decisión adoptada en este auto a los juzgados en conflicto y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 11 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga y el Juzgado 11 Civil del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que conocer a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Laboral del asunto promovido el señor Delio Mosquera Malagón, a través de apoderada judicial, en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones, Global Seguros de Vida S.A., y la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, de acuerdo con las consideraciones de este auto.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1190 a la Oficina de Reparto de Bucaramanga, para que, de manera inmediata, realice el reparto del expediente de la referencia a los Juzgados Laborales de esa ciudad y para que, una vez se radique este proceso ante el juez laboral, se le informe que debe comunicar la decisión adoptada en este auto a los Juzgados 11 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga y 11 Civil del Circuito de Bucaramanga y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.